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    PAQUETAZO LEGISLATIVO: Mayoría de la AN aprobará ley “antitalanquera”

    Con la aprobación de esta ley el chavismo espera que la composición de la futura AN permanezca inmutable.

    La mayoría oficialista de la AN
    llamará a sesiones extraordinarias

     

    Caracas.- Los diputados salientes dejarán otra herencia a sus sucesores. La mayoría chavista en la Asamblea Nacional tiene previsto satisfacer ahora un viejo anhelo de su comandante: aprobar una ley “antitalanquera”.

    Su nombre es otro: proyecto de reforma parcial de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones. El mencionado instrumento dedica un capítulo a “los compromisos de los parlamentarios con sus electores y electoras”.

    En su artículo 29 la propuesta dice: “constituye fraude a los electores y electoras, toda conducta que se aparte de las orientaciones y posiciones políticas presentadas en el programa de gestión como oferta electoral”.

    Luego, establece las cuatro “conductas” que se tipificarán como “fraudulentas”:
    1) Votar en contra de los postulados del programa de gestión presentado a los electores y electoras, en términos de su contenido programático y su orientación político-ideológica.

    2) Hacer causa común con contenidos y posiciones políticas contrarias a la oferta del programa de gestión consignado ante el Consejo Nacional Electoral y presentada a los electores y electoras durante la campaña electoral.

    3) Hacer causa común con fuerzas políticas contrarias a los movimientos sociales u organizaciones políticas que respaldaron el programa de gestión consignado ante el CNE.

    4) Separarse del Grupo Parlamentario de Opinión perteneciente a la organización política o social que lo postuló, para integrar o formar otro Grupo Parlamentario de Opinión contrarios al programa de gestión consignado ante el CNE.

    Si un diputado incurre en alguna de esas “conductas fraudulentas”, se expondrá a “la suspensión o inhabilitación parcial o total, previa solicitud de los ciudadanos o un diputado en representación del Grupo Parlamentario de Opinión al cual pertenece”.

    Sin embargo, la norma 201 de la Carta Magna precisa: “los diputados o diputadas son representantes del pueblo y de los Estados en su conjunto, no sujetos o sujetas a mandatos ni instrucciones, sino sólo a su conciencia. Su voto en la Asamblea Nacional es personal”.


    PEDRO PABLO PEÑALOZA | EL UNIVERSAL
    ppenaloza@eluniversal.com
    miércoles 15 de diciembre de 2010

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