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    ANÁLISIS: TSJ: la pared

    El diputado Guillermo Palacios encuentra que la administración de justicia no es la misma para todos.

    Toda denuncia contra Chávez
    rebota en el Tribunal Supremo

     

    68 decisiones demuestran cómo. Y este año la Fiscalía ya tiene luz verde para acusar a los denunciantes.

    Como en un agujero negro, toda materia que tenga que ver con la pretensión de llevar a juicio al Presidente Hugo Chávez se desintegra o, en el mejor de los casos, rebota. El Tribunal Supremo de Justicia también opera como pared. O, como dice el diputado Guillermo Palacios: “Es, junto a la Fiscalía y la Contraloría, la gran lavadora de la corrupción y la impunidad”.

    El asambleísta larense hace el señalamiento luego de revisar las sentencias del TSJ sobre solicitudes de antejuicios de mérito a importantes funcionarios públicos: “Todos los casos que involucran a figuras del alto Gobierno son decididos a su favor o están por ahí aguantados”.

    Aunque, claro, hay excepciones: “Sólo cuando alguna de estas personas cae en desgracia con el chavismo se toman decisiones en su contra. De todo lo revisado, encontramos apenas cuatro casos de solicitudes de antejuicio que prosperaron”. Se trata, explica, de las referidas al general de la Guardia Nacional Carlos Alfonso Martínez, de los ex gobernadores de Guárico y Yaracuy, Eduardo Manuitt y Carlos Giménez; y del diputado Wilmer Azuaje; “cuyo antejuicio de mérito fue resuelto en 24 horas”.

    En contraste con la celeridad con la que despojaron de su inmunidad al incómodo diputado, Palacios apunta: “Hay casos gravísimos contra el Presidente, bien sustentados, que están archivados o dando vueltas en esa lavadora mientras pasa el tiempo y no toman decisiones, como el de malversación en el Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica, Fiem, que involucra 2,3 billones de bolívares de los viejos y sobre el que han hecho públicas tres decisiones con aspectos contradictorios”.

    A estas alturas no se sabe cuántas peticiones de antejuicio contra Hugo Chávez circulan en el TSJ, pero sí se conoce el número de decisiones que, al respecto, han tomado los magistrados: son 68 desde el año 2000 y hasta enero de 2011. Y no es poca cosa. 68 es un número que Palacios considera un récord histórico: “Esto no es usual. Esas son las decisiones, pero las denuncias son muchas más. En ningún país donde funcione el Estado de derecho y se respeten las leyes se produce tal cantidad de denuncias contra un mandatario en ejercicio”.

    De esas 68, 35 fueron declaradas inadmisibles y 30 desestimadas. Sobre las otras tres, una fue remitida a Fiscalía, otra a la Sala Plena y la restante se calificó como “no ha lugar”. Las decisiones fueron tomadas por la Sala Plena (33) y el juzgado de sustanciación de la Sala Plena (35), instancia ésta en la que -por cierto- es el presidente del TSJ quien resuelve en solitario.

    En la lista elaborada por Palacios se cuentan 43 solicitantes distintos aunque algunos nombres se repiten. Los ciudadanos Akran El Nimer Abou Assi y Enrique Ochoa Antich encabezan los intentos con 7 y 5 respectivamente. Les siguen Antonio Ledezma, Oscar Pérez y Pablo Medina, con tres en cada caso. También reúne 21 tipos de delitos que -según los denunciantes- habrían sido cometidos por el mandatario, de los cuales destacan en el recuento “corrupción” (13 veces); “instigación a delinquir” (9); “abuso de poder” (9); “delitos de lesa humanidad y violación de derechos humanos” (7); “traición a la patria” (5) y “malversación” (5).

    El pasado fue el año en el que más decisiones tomó el TSJ en relación al Presidente Chávez: 27. En el 2000, fecha en que inicia este recuento, el TSJ decidió en dos ocasiones. 2004 tuvo el segundo mayor registro con 12 y 2006 el tercero con 10. En enero de 2011, ya sumaron otras 5.

    A cuenta de qué:

    Además de estos aspectos cuantitativos el análisis del diputado Palacios le permite asomar algunas conclusiones: “Es cierto que hay denuncias con poca consistencia. O, mejor dicho, no muy bien planteadas. Pero al margen de esas cuestiones de forma, la cantidad de solicitudes de antejuicio de mérito evidencia que el Presidente, en su ejercicio autoritario del poder, ha tenido actuaciones y ha producido situaciones que han hecho sentir a mucha gente afectada, humillada, vejada y otras tantas en las que se percibe que ha actuado al margen de la ley”.

    La revisión de las 68 decisiones arroja la existencia de un criterio común: que el antejuicio de mérito debe ser solicitado por la Fiscalía General de la República. Es decir, esa instancia recibe las denuncias de los ciudadanos (remitidas por el TSJ) y de allí, en todo caso, regresarían al TSJ. Con lo cual, apunta Palacios, ese despacho “actúa como una especie de filtro”.

    Otro aspecto relevante tiene que ver con la “legitimidad” de quien denuncia: “El criterio es que la víctima es la persona perjudicada por un hecho y acude al tribunal a demandar justicia. Pero hay hechos que no atentan contra una persona en particular sino contra un colectivo y el TSJ está negando ese derecho desestimando la legitimidad de los denunciantes. Eso tiene que ser corregido”. El diputado aporta un ejemplo: “En el caso de los adjetivos negativos contra la jueza María Lourdes Afiuni, lo que dijo Chávez no es solamente contra ella, es contra todos los jueces del país que quedan advertidos de lo que les puede pasar si toman decisiones contrarias a la voluntad del Gobierno”.

    La denuncia por violaciones a los derechos humanos durante los sucesos del 11 de abril de 2002 es otro ejemplo. Los ciudadanos Mohamed Merhi y María Capote, junto a Catalina Palencia y José Palencia, Mary Arellano, Lisbeth Querales, Jean Carlos Serrano y Andrés Trujillo presentaron ante el TSJ el 25 de junio de ese año la acusación por crímenes de lesa humanidad contra Chávez, el entonces ministro de Defensa, José Vicente Rangel y el entonces fiscal, Julián Isaías Rodríguez, por la muerte de 18 personas, entre ellos Jesús, el hijo de Merhi y Capote.

    En los argumentos del juzgado de sustanciación del TSJ para no admitir la denuncia resalta la consideración de que estas personas no pueden ser consideradas víctimas. Palacios se pregunta: “¿Cómo no van a estar legitimados los padres del muchacho al que mataron? ¿Acaso no son víctimas? Utilizan cualquier subterfugio´ para desestimar, arguyendo que los denunciantes no tienen legitimidad y que los hechos por los que se señala al Presidente Chávez nunca tienen carácter delictivo”.

    De acuerdo al diputado, aquí funcionó la “lavadora”: “Declaran el caso inadmisible y lo remiten a Fiscalía. Pero además el TSJ se permitió opinar sobre los acontecimientos del 11, 12 y 13 de abril, señalando como responsables a otras personas y eximiendo al Presidente y a los demás funcionarios de toda responsabilidad”.

    En efecto, el juzgado de sustanciación redactó lo siguiente: “… mediante la implementación sistemática de un plan, iniciaron con la convocatoria el 10 de abril de 2002 a un paro general y a la ciudadanía a una importante marcha que partiría del Parque del Este hasta la sede de Petróleos de Venezuela S.A. en Chuao, pero que de forma premeditada fue luego dirigida hacia el Palacio de Miraflores, para solicitar la renuncia del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela; plan que fue llevado a cabo en medio del desconocimiento de la autoridad del Primer Mandatario por parte de algunos sectores de la Fuerza Armada Nacional, para luego privar ilegítimamente de su libertad al Presidente de la República e iniciar así el Golpe de Estado que continuó con la autojuramentación del ciudadano Pedro Carmona Estanga, como nuevo Presidente del gobierno de “Transición Democrática y Unidad Nacional” y la emisión de un írrito decreto para la disolución de los Poderes Públicos constituidos. Hechos que dejaron un lamentable número de personas fallecidas y heridas, entre las cuales posiblemente se encuentran los familiares de los peticionarios, hechos que como es del conocimiento público, están siendo investigados por los organismos competentes del Estado y, respecto de algunos imputados, juzgados por los tribunales ordinarios con la finalidad de determinar e imponer, en cada caso, las responsabilidades correspondientes”.

    Vamos por ti:

    El estudio de estos folios refleja, a juicio de Palacios, que “hay un manifiesto interés por desechar las denuncias”. Y evidencia -asegura- que la aplicación de justicia no es igual para todos. Y en ocasiones luce “interesada”: “Haifa El Aissami, hermana del ministro del Interior y Justicia, durante su trabajo como fiscal hizo al menos cuatro solicitudes de desestimación de denuncias. Por su parentesco con ese alto funcionario ha debido de abstenerse”.

    Pero de esto se desprende un elemento aún más preocupante y que ya se asomaba en años anteriores. De las cinco decisiones publicadas por el TSJ en enero, en dos de ellas -con algunos votos salvados- se indica a la Fiscalía que abra averiguaciones contra los denunciantes tomando en consideración la posibilidad de que exista “falsedad” o “mala fe” con sustento en el Código Orgánico Procesal Penal.

    Antes de estos documentos, que se hicieron públicos el 12 de enero, en otras oportunidades el rechazo a la denuncia incluía la aclaratoria de que se informaría al Presidente para que considerara sus opciones de ejercer acciones legales contra los demandantes. Era, podría decirse, una sugerencia.

    Pero con estos dos casos -denuncias presentadas una por los dirigentes adecos Henry Ramos Allup y Rafael Marín (2002) y la otra por los militares Mario Iván Carratú y Pedro Vicente Soto (2004)- la Fiscalía queda encargada de voltear la tortilla: “… con la expresa indicación de que de estimarlo pertinente -de acuerdo a sus atribuciones constitucionales y legales- inicie la averiguación penal correspondiente en contra de los denunciantes de autos, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 291 del Código Orgánico Procesal Penal”.

    “Es evidente que el TSJ y el ministerio público se han transformado en una muralla para que los ciudadanos no concurran a denunciar a los funcionarios que abusan de su poder”, acusa Palacios: “Con esto buscan generar terror”.

    El magistrado Omar Mora Díaz fue el redactor de estos dos fallos que inauguran una nueva etapa en la aplicación de justicia: si no puedes probar lo que dices, de denunciante pasas a denunciado. De mala fe habla el 291.


    Por: Oscar Medina
    ommedina@eluniversal.com 
    EL UNIVERSAL

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