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    Guayana: Trabajadores son sometidos a juicios por reclamar sus derechos

    Dirigentes sindicales afirman que el Gobierno propicia los conflictos al incumplir compromisos laborales.

    Sindicato Único de Empleados de la CVG
    advierte que se cerraron los caminos legales

     

    Jesús Urbieta, ex miembro de la OIT, asegura que la organización no registró casos entre 1958 y 1998

    Cuando el presidente Hugo Chávez llegó al poder en 1999 no dudó en definir su Gobierno como obrerista. Los trabajadores podían, incluso, llegar con sus planteamientos hasta Miraflores, pero las promesas dieron paso, 12 años después, a despidos injustificados y juicios contra aquellos que reclamen sus derechos laborales.

    Dirigentes sindicales afirmaron que se aplica la criminalización de la protesta y la persecución en los centros de trabajo mediante conflictos que propicia el propio Gobierno, al incumplir los compromisos laborales y negarse a discutir los contratos colectivos.

    El acoso a los sindicalistas y trabajadores ha sido documentado por las organizaciones. El Frente Autónomo de Defensa del Empleo, el Salario y el Sindicato señaló que 250 trabajadores y dirigentes sindicales tienen procesos judiciales abiertos por participar en manifestaciones para exigir la discusión de la contratación colectiva y el pago de pasivos.

    “Desde 1958 hasta 1998 los dirigentes sindicales y los trabajadores nunca fueron sometidos a juicio ni encarcelados por reclamar sus derechos. En los expedientes de la Organización Internacional del Trabajo no hay registros de casos como este durante ese período”, aseguró Jesús Urbieta, miembro del Consejo de Administración de la OIT entre 2004 y 2007.

    Explicó que la criminalización es propia de regímenes totalitarios, por lo que en la Organización Internacional del Trabajo causa extrañeza la insistencia del Gobierno de presentarse como democrático y defensor de los trabajadores, cuando en ese organismo han sido documentados los casos de acoso laboral.

    El Ejecutivo ha alegado que los sindicalistas y trabajadores que están presos o bajo régimen de presentación violaron el artículo 56 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, que prohíbe “perturbar o afectar la organización o funcionamiento de los servicios públicos, industrias y empresas básicas, o la vida económica social del país”. Serán penados con prisión de cinco a diez años, según la legislación.

    La huelga y el reclamo son derechos consagrados en la Constitución y en la Ley Orgánica del Trabajo. De allí que el Comité de Libertad Sindical del organismo haya recomendado modificar el mencionado artículo, agregó Urbieta.

    La OIT ha instado al Gobierno a que cese la persecución política y los despidos de los trabajadores, por lo cual en la conferencia de junio de 2010 se aprobó enviar a Venezuela una misión para constatar las violaciones a la libertad sindical, la contratación colectiva y la huelga. “Hasta ahora, el Gobierno no ha autorizado el ingreso de la misión”, expresó.

    Casos emblemáticos. En 2004, la Fiscalía abrió un expediente a la directiva del Sindicato del Metro de Caracas por la huelga que realizó en septiembre de ese año. “Esa fue la carta que se guardó el Gobierno para anular el contrato colectivo ­acordado en diciembre de 2008- e imponer otro contrato desventajoso para los trabajadores en marzo de 2009”, recordó el dirigente Wilson Gutiérrez.

    En Ciudad Guayana hay 76 trabajadores con expedientes en el Circuito Penal, pero sólo el secretario general del Sindicato de Trabajadores de Ferrominera del Orinoco, Rubén González, está privado de libertad desde hace un año y 4 meses, y actualmente está en desarrollo el juicio penal.

    El más antiguo de los casos se remonta al 5 de septiembre de 2006, conocido como “Transporte Camila”. Los ex dirigentes de Sutiss Juan Antonio Valor, Leonel Grisett y Joel José Ruiz Hernández; y los trabajadores Richard Alonso Díaz, Osmel José Ramírez Malavé, Julio César Soler, Agdatamir Antonio Rivas, Luis Arturo Alzota Bermúdez, Argenis Godofredo Gómez y Bruno Epitafio López fueron imputados de los delitos de apropiación indebida, restricción a la libertad de trabajo, hacerse justicia por propia mano e incumplimiento del régimen especial de la zona de seguridad, señalados en los artículos 191, 192, 270 y 468 del Código Penal, y en el artículo 56, en concordancia con el 47 y 48 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación.

    Todo por protestar contra las “pésimas condiciones de trabajo” que padecían los empleados al servicio de la contratista Transporte Camila, que prestaba servicio en la Siderúrgica del Orinoco. El juicio ha sido diferido en más de 10 oportunidades, tienen régimen de presentación mensual y esperan por la audiencia pautada para el 24 de mayo.

    “Lo más grave es que están cerrados los caminos legales. Si se hace algún tipo de protestas se corre el riesgo de ser detenido y enjuiciado penalmente como ha pasado con los trabajadores del sindicato de obreros de la CVG”, afirmó un dirigente del Sindicato Único de Empleados Públicos de la CVG.

    En 2009 fueron sometidos a presentación 6 trabajadores de Pdvsa Gas por reclamar al Ministerio del Trabajo que ejecutara la orden de reenganche a más 200 despedidos.

    El despido como presión:

    Además de las acciones legales, otra de las modalidades del Gobierno para silenciar a los trabajadores es a través de los despidos. En diciembre del año pasado 500 empleados del Ministerio de Finanzas quedaron cesantes y otros 600 jubilados a la fuerza, no sin antes protestar. El argumento fue que se estaba ejecutando un proceso de reestructuración. Betty Suárez, dirigente del sindicato del despacho, tiene una percepción distinta: “Fue un despido masivo”.

    Jhonny Magdaleno, secretario ejecutivo de la Federación de Trabajadores de Carabobo, denunció la persecución a la disidencia en las empresas estatizadas.

    Agregó que en Owens Illinois despidieron a 200 personas de la nómina mensual, luego de ser ocupada por el Gobierno.


    Por: ANA DÍAZ CLAVEL RANGEL
    anadiaz@el-nacional.com
    GUAYANA | LABORAL
    EL NACIONAL

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