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    HomeVenezuelaLey contra el racismo: Contiene sanciones de multas y cárcel

    Ley contra el racismo: Contiene sanciones de multas y cárcel

    Medios de comunicación y escuelas están obligados a difundir mensajes contra la discriminación.

    Comercios deben admitir a
    todos los grupos étnicos

     

    ■ Fue aprobada en primera discusión.

    ■ Ley contra el racismo propone como sanciones multas y cárcel.

    ■ Aunque la norma establece prisión, por ser de hasta tres años, la pena conmuta en trabajo comunitario.

    Excluir o maltratar a una persona por su raza o creencias puede ser condenado con prisión. En la Ley Orgánica contra la Discriminación Racial, aprobada en primera discusión en la Asamblea Nacional, se establecen penas de uno a tres años de cárcel para los ciudadanos que incurran en crímenes de segregación. No obstante, el juez que evalúe ese tipo de delitos estará obligado a establecer el trabajo comunitario como sanción, porque penas de menos de cinco años no conducen a privación de libertad, de acuerdo con el Código Orgánico Procesal. Eso quiere decir que el trabajo comunitario predominará como sanción en la legislación debatida en el Parlamento.

    Se consideran crímenes graves negarse a contratar a una persona o a grupos para desempeñar un empleo, si tienen condiciones para realizarlo.

    También, la exclusión del derecho a la salud y educación debido al origen racial o étnico.

    Las ofensas, exposición al rechazo público y exclusión debido al origen racial o étnico están estipuladas como delitos leves. Serán sancionadas con una multa de 100 a 200 unidades tributarias.

    Aunque los derechos fijados en la Ley contra la Discriminación Racial ya están estipulados en la Constitución y en la Declaración Universal de Derechos Humanos, entre otros, el reglamento discutido en el Parlamento establece la creación de un órgano rector que resguarde el cumplimiento de los principios.

    El Instituto Nacional contra la Discriminación Racial podría funcionar como un ente descentralizado adscrito al Ministerio de Relaciones Interiores y Justicia y cuyas competencias estarían destinadas a la prevención y eliminación de la discriminación en distintos ámbitos.

    Responsabilidades:

    En la legislación debatida en la AN se coloca énfasis en la divulgación de mensajes contra la discriminación. En los locales de recreación, salas de espectáculos, bares y centros comercios será obligatorio exponer un cartel con el artículo 21 de la Constitución, referente al respeto a la igualdad de razas, religiones o géneros.

    Ningún local podrá oponerse a la admisión de todos los grupos étnicos. En los centros educativos, oficinas y medios de comunicación será obligatoria la divulgación de campañas y mensajes contra la discriminación racial.

    En el artículo 14 se establece que cada órgano de seguridad ciudadana debe crear instancias para la prevención de la violación de derechos humanos por motivos de “origen étnico-racial, nacional o rasgos del fenotipo, por parte de sus funcionarios”. El Ejecutivo estará obligado a crear planes y programas para evitar y eliminar la discriminación racial.

    En el caso del sistema educativo, se incluirán contenidos destinados a prevenir la discriminación. Los medios de comunicación ­radio, televisión y prensa­ están obligados a incluir en su programación contenidos contra la discriminación.


    Por: MAOLIS CASTRO
    IGUALDAD | RACISMO
    PARLAMENTO | PSUV
    EL NACIONAL

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