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    HomeActualidadAutonomía: Peligra voto universitario

    Autonomía: Peligra voto universitario

    Comisiones electorales alertan que es competencia de la Asamblea Nacional diseñar los nuevos reglamentos.

    Al menos cinco elecciones internas
    están pendientes en universidades

     

    ■ TSJ suspende elecciones Decanales, otro atentado contra la autonomía universitaria

    La posición de los organismos comiciales universitarios autónomos, agrupados en el Núcleo de Comisiones Electorales Nacionales (NCEN), en torno a la realización de elecciones internas en las casas de estudio del país, es clara.

    Apegarse al marco jurídico establecido en la nación, siendo la norma máxima la Constitución Nacional.

    Desde mediados del 2010 se encuentran vencidos los períodos de ejercicio de un grupo de funcionarios académicos en importantes casas de estudio del país, los cuales no han sido reelectos como consecuencia del limbo administrativo en el que se encuentran inmersas las elecciones del sector.

    De acuerdo con la Ley de Universidades vigente, que data de 1970, serán integrantes de las comunidades de la academia, con derecho a voto, los profesores, profesoras, alumnos, alumnas, autoridades y estudiantes.

    Sin embargo, la nueva Ley Orgánica de Educación, aprobada en agosto del 2009 extendió el derecho a voto a los empleados y obreros de las casas de educación superior y equiparó el valor del sufragio de los estudiantes, con el de los docentes (hasta ahora el voto de 40 alumnos pesa lo mismo que el de un profesor en la UCV.

    Según las “sentencias constitucionales la escogencia de los diferentes representantes académicos del sector, pasaría de ser de carácter académico a algo político”, asevera Ángel García, profesor de la Universidad Nacional Experimental Politécnica (Unexpo) y actual coordinador de NCEN.

    Pese a que ya han sido emitidas sentencias en torno a los casos de la Universidad de Oriente y la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado, refiere el coordinador del Núcleo que la línea de acción bajo la cual se regirán las instituciones será solicitar un “recurso de revisión” a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia a fin de alargar los plazos y dar tiempo a la AN para que diseñe el nuevo articulado y se discuta una nueva Ley de Educación Universitaria.

    Sala Electoral decisión del TSJ :

    Numero : 36 N° Expediente : 2011-000033 Fecha: 16/05/2011
    Procedimiento:
    Recurso Contencioso Electoral con medida cautelar
    Partes:
    IRAMA LA ROSA DE CAMURRI, BLADIMIR ORTIZ, MARÍA RADDAIZ GATICA, ADELAIDA CRESPO, VENEZUELA AZAVACHE, DAVID PÁEZ, LUCÍA RUÍZ ARZOLA, JUAN RIVERO, ADRIANA BRAVO, WILMAN SUÁREZ VAAMONDE, AUGUSTO GRANADO CHIQUÍN, CARLOS SUÁREZ DURÁN, GUILLERMO GUERRERO MARTÍNEZ, PEDRO DELGADO PÉREZ y EDUARDO SAMÁN NAMEL, vs. “Acto Administrativo de Naturaleza Electoral de Efectos Generales contenido en el Boletín Electoral N° 011/2011 dictado por la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela (UCV).
    Decisión:
    La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer y decidir el recurso interpuesto por el abogado HÉCTOR JOSÉ MEDINA MARTÍNEZ, apoderado judicial de los ciudadanos Irama Aurora La Rosa de Camurri, Bladimir Ortiz, María Consuelo Raddaiz Gatica; en su condición de profesores con escalafón de instructor; Adelaida Crespo Armas y Venezuela Azavache, en su condición de docentes jubiladas; David Javier Páez Cordero, Lucía Ruíz Arzola y Juan Carlos Rivero; en su condición de estudiantes; Adriana María Bravo Flores, Wilman Rodrigo Suarez Vaamonde y Augusto Granado Chiquín; en su condición de empleados administrativos; Carlos Alberto Suarez Duran, Guillermo José Guerrero Martínez y Pedro Antonio Delgado Pérez, en su condición de trabajadores obreros y Eduardo Samán Namel, en su condición de profesor contratado, todos pertenecientes a la comunidad de la Universidad Central de Venezuela (UCV), contra el acto administrativo de naturaleza electoral contenido en el Boletín Electoral N° 011/2011 dictado por la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela (UCV). 2.- ADMITE el recurso. 3.- ACUERDA la suspensión del proceso electoral para la elección de Decanos y candidatos al Consejo de Apelaciones de la Universidad Central de Venezuela, para el período 2011 al 2014; cuyo acto de votación estaba fijado para el día 20 de mayo de 2011.
    Ponente:
    Fernando Ramón Vegas Torrealba

    LAS QUE ESTÁN PENDIENTES:

    Desde el año pasado se encuentran en mora las elecciones decanales de los institutos pedagógicos de Maracay, Caracas y la UDO; y las rectorales de la Universidad Nacional Abierta y la UCLA.

    Este año están pendientes las elecciones decanales de las universidades Central, del Zulia y de Los Andes. En el caso de las elecciones rectorales sólo quedan pendientes las rectorales de la Unexpo.

    LEYES SOBRE LEYES:

    El ex presidente de la Comisión Electoral de la UCV, Tony Chacón, considera que en el caso de la LOE, existen varios puntos que considerar.

    “En primer lugar, es inconstitucional porque viola el máximo articulado de la nación y como regla máxima no puede haber ninguna sobre ella. En el citado articulado se habla de un proyecto educativo socialista y la necesidad de crear una nueva LEU acorde con la realidad política y social de la nación, pese a que en la Carta Magna se habla de una educación apolítica, libre y para todas las corrientes de pensamiento. En segundo lugar, es importante destacar que el TSJ debe pronunciarse y dar su visto bueno en torno a si es completa o no en todos los parámetros, cosa que no se ha hecho aún”.

    Por tal motivo, el futuro del conjunto de procesos en las diferentes instituciones queda en manos del máximo ente legislativo de la nación.


    Por: Andreína Moros Machado

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