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    DECRETO: Firma de un contrato de alquiler tardará más de treinta días

    Gobierno creó fondos en la banca pública para "financiar" a inquilinos y a pequeños propietarios.

    Inmobiliaria estatal tendrá
    capital de Bs 1 millón

     

    ■ Órgano de Vivienda controlará Inmobiliaria Nacional.

    ■ El Ejecutivo publicó en la Gaceta Oficial el reglamento de la Ley para Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas.

    La firma de un contrato de alquiler tardará más de un mes, según los procedimientos establecidos en el reglamento de la Ley para Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, publicado en la Gaceta Oficial 39799.

    El primer paso es la fijación del canon. Luego de introducida la solicitud, la Superintendencia de Arrendamiento contará con 3 días para notificar a los involucrados. Estos, a su vez, tendrán 12 días para los descargos y la promoción de pruebas.

    Superadas estas fases, la Superintendencia dispondrá de cinco días para emitir su decisión. La medida, además, sólo será válida después de que salga publicada en la Gaceta Oficial.

    Una vez fijado el canon, lo que tardará por lo menos 20 días, se debe presentar el contrato para que sea aprobado por la Superintendencia. El reglamento no precisa cuánto tiempo podrá tomarse el organismo en este paso.

    Lo que sí dice es que, luego de recibir el visto bueno, habrá un plazo de 5 días hábiles para protocolizar el documento en una notaría o registro. El contrato suscrito deberá ser consignado en la Superintendencia en 15 días hábiles.

    En la Gaceta Oficial 39799 también se publicaron los decretos que crean los fondos en la banca pública para financiar a inquilinos, pequeños propietarios y la empresa estatal Inmobiliaria Nacional.

    El decreto sobre los fondos indica que la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario determinará los porcentajes mínimos que las entidades públicas destinarán para este fin.

    El decreto que crea la Inmobiliaria Nacional señala que la empresa tendrá un capital de 1 millón de bolívares y dependerá del Órgano Superior de Vivienda y Hábitat.

    El proyecto de ley para la regularización y control de arrendamientos elimina el pago de depósitos por alquiler.

    Fijan gaveta a banca pública para créditos a casas alquiladas:

    Los bancos crearán fondos para financiar compra de unidades arrendadas. El Gobierno le fijó a las entidades financieras del sector público una gaveta que estará orientada a otorgar los créditos para la compra de los apartamentos que están ubicados en aquellos edificios que tienen más de 20 años destinados al alquiler.

    En la Gaceta Oficial No. 39.799 del 14 de noviembre, el Ejecutivo Nacional publicó el decreto que autoriza la creación de fondos en la banca pública para el financiamiento de la adquisición y reparación de viviendas en condición de arrendamiento.

    El Presidente Hugo Chávez el pasado sábado ordenó la conformación de esos fondos e indicó que los bancos Venezuela, Tesoro e Industrial tienen que destinar a esos fondos 350 millones de bolívares, que tienen que estar disponibles para los inquilinos.

    Y aunque ya se aprobó un monto, la resolución publicada señala que “la Superintendencia de la Actividad Bancaria deberá establecer los porcentajes mínimos de los recursos financieros que serán destinados a la conformación de los fondos destinados a financiar las viviendas de los ciudadanos que están en calidad de arrendatarios”.

    El mandatario detalló que esos recursos son adicionales a la gaveta hipotecaria. Los préstamos serán a 25 años con tasas preferenciales y además se darán subsidios.

    En la reforma de la Ley de Arrendamientos que ya está vigente se establece un plazo de 60 días para que los propietarios de esos edificios que están en alquiler vendan las unidades a los inquilinos y por ello obliga a los registros subalternos a acelerar la transformación de esos inmuebles en propiedad horizontal.

    La resolución que complementa a la ley agrega que los bancos públicos “deberán atender los criterios de valor real de uso del inmueble y no el valor de mercado, a fin de evitar las distorsiones en las valoraciones de los inmuebles que serán adquiridos”.

    Antes de que se aprobara la nueva Ley de Alquileres, la Vicepresidencia había iniciado las gestiones para la compra de 100 edificios en alquiler. Ya 70 propietarios presentaron la documentación ante el organismo y faltan 30.

    Órgano de Vivienda:

    Órgano de Vivienda controlará Inmobiliaria Nacional. Esa empresa se encargará de adquirir inmuebles para alquiler.

    Luego de la aprobación a la reforma de la Ley de Alquileres, el Ejecutivo decidió crear una inmobiliaria estatal, cuyos lineamiento serán dictados por el Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda, el cual está adscrito a la Presidencia de la República.

    El Gobierno en la Gaceta Oficial No. 39.799 publicó la conformación de esa empresa estatal, cuyo capital social será 1 millón de bolívares.

    En el decreto se indica que esa compañía se encargará “de la adquisición, enajenación, arrendamiento, comodato y adjudicación de viviendas en proyecto de ejecución o terminadas, así como la adjudicación y contratación de toda clase de obras, estudios y proyectos para la rehabilitación de vivienda, celebrar los convenios y contratos con el sector público y privado con la finalidad de satisfacer las necesidades de vivienda”.

    El jefe de Estado el pasado fin de semana señaló que “la idea es comprar o construir viviendas para alquilarlas, eso comenzó para los refugiados y ahora se irá más allá de los refugiados”.

    Más normativas:

    En la Gaceta también fue publicado el reglamento de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios que detalla los procedimientos para la determinación del canon y elaboración de los contratos de alquiler.

    Para el cálculo del canon se tomará en cuenta el valor de reposición del bien, la depreciación del inmueble, la vulnerabilidad sísmica y la ubicación geográfica.

    El Ejecutivo oficializó el nombramiento de Carmen Cecilia Morante como Superintendente de Arrendamientos.


    Por: ALEJANDRO HINDS
    ahinds@el-nacional.com
    DÉFICIT | VIVIENDA
    EL NACIONAL


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