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    HomeActualidadRECLUTA: Pedirán inscripción militar para créditos y pasaporte

    RECLUTA: Pedirán inscripción militar para créditos y pasaporte



    No inscribirse acarreará también a las empresas diferentes sanciones, entre ella la imposibilidad de contratar personal y obtener solvencias laborales.
    No inscribirse acarreará también a las empresas diferentes sanciones, entre ella la imposibilidad de contratar personal y obtener solvencias laborales.

    Retorna el epíteto de “renuente”
    para quienes no se registren

     

    La ración mensual sería equivalente al sueldo mínimo.

    Advierten pretensión de reinstaurar el registro militar obligatorio.

    También se agregan varias acciones punitivas para quienes no se inscriban.

    La reforma de la Ley de Alistamiento aumenta el tiempo mínimo de servicio de 12 a 18 meses.

    La Asociación Civil Control Ciudadano advierte que la Constitución establece que los ciudadanos tienen el derecho a elegir entre prestar el servicio civil o el militar a la Nación.

    La Constitución de 1999 eliminó la temida “recluta”, pero la inscripción en el Registro Militar sigue siendo obligatoria para las personas naturales venezolanas o naturalizados aunque sólo presta servicio militar quien así lo desea.

    Desde pedir un crédito hipotecario o sacar el pasaporte, pasando por obtener una licencia de conducir o abrir una cuenta bancaria, hasta recibir el título universitario o aspirar a un empleo en el sector público o privado tendrán un requisito común: presentar la planilla o carnet de inscripción en el registro militar permanente.

    La lista de casos en los que será obligatorio presentar la constancia es mucho más larga pues, además de los mencionados, el documento será requerido para “tramitar documentos de cualquier índole ante las diferentes notarías y registros públicos de la nación”.

    Esa expresión, incluida en el artículo 46 de la propuesta de reforma de la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar, es tan amplia que abarca, por ejemplo, comprar, alquilar o vender propiedades; formalizar herencias; certificar poderes; constituir empresas de todo tipo; registrar sociedades sin fines de lucro; crear cooperativas y fundaciones; registrar patentes; casarse o divorciarse, y un largo etcétera.

    Beneficios:

    En la plenaria del martes pasado en la Asamblea Nacional se incluyó la primera discusión del proyecto impulsado por el PSUV y la Comisión de Defensa. El texto, que tras ser aprobado cambia su nombre a Ley de Registro, Alistamiento y Servicio Militar, establece que la ración mensual debe ser equivalente al salario mínimo.

    La proponente de la norma, Amanda Jiménez, destacó que el cambio de nombre contribuye a eliminar del vocabulario “todo lo que tiene que ver con la antigua concepción del servicio militar que era obligatorio”.

    El instrumento amplía los beneficios sociales, como un seguro de hospitalización y cirugía, además del seguro de vida. “Se incluyen modalidades de servicio a conveniencia. Por ejemplo, un trabajador que quiera servir, busca un horario a su conveniencia, suma el número de horas requeridas y puede prestar el servicio sin dejar su trabajo. Además, se podrá servir dentro o fuera del cuartel, con la posibilidad de hacer el servicio civil o el militar”, indicó Jiménez.

    Más meses:

    Otro aspecto resaltante es el aumento del tiempo mínimo de prestación del servicio militar para los conscriptos a tiempo completo, que pasa de 12 a 18 meses.

    El proyecto también aumenta el servicio a tiempo parcial, que pasa de 12 a 24 meses e incluye la categoría de “servicio para unidades específicas”, que se establece en 24 meses.

    El carácter punitivo de la ley de 2009, que fue suprimido en la reforma de 2010, retorna con este proyecto de ley que incluye un capítulo de sanciones para las personas, empresas y funcionarios que incumplan la ley. Por ejemplo, la persona que no se inscriba en el RMP dentro de los 60 días posteriores a haber cumplido 18 años de edad será multado con 5 unidades tributarias, monto igual para quienes no actualicen sus datos de residencia o estado civil.

    Aquel ciudadano que se inscriba oportunamente en el RMP, pero que luego de cumplir los 31 años se constate que no prestó el servicio militar será multado con 25 UT.

    El proyecto de reforma de la Ley de Alistamiento y Conscripción Militar reedita conceptos desechados en la reforma de 2010. Por ejemplo, en el artículo relativo a la calificación de los ciudadanos según su situación militar, la propuesta mantiene los conceptos de activo, excedente y reserva, pero recicla el Concepto de “renuentes”.

    La edad militar:

    El artículo 4 del proyecto de reforma de la Ley de Alistamiento y Conscripción Militar, que entró ayer a primera discusión en la Asamblea Nacional, mantiene la edad militar entre 18 y 60 años de edad, pero aclara que el servicio militar activo se cumple hasta los 30 años.

    Los venezolanos naturalizados y los residentes en el exterior mantienen su obligación de inscribirse en el registro militar permanente.

    Los primeros dentro de los 60 días siguientes a su naturalización ante las oficinas de su jurisdicción; y los segundos, al cumplir la mayoría de edad a través de las representaciones diplomáticas y consulares venezolanas. Al igual que en la ley vigente, los reclusos en edad militar tendrán el derecho a inscribirse. “Los directores de los centros penitenciarios están obligados a garantizar la inscripción en el RMP de todos los reclusos en edad militar”, dice el artículo 56.
    Los activos son los que prestan el servicio militar; excedentes, quienes esperan convocatoria para prestar el servicio; la reserva está constituida por quienes prestaron el servicio, y los renuentes son las personas naturales en edad militar y las empresas que no se inscriban en el registro militar permanente en el plazo establecido por la ley. Este grupo también incluye a quienes estando inscritos no prestan el servicio.

    La renuencia es una condición que genera multas: las personas que no se inscriban en el período indicado por la ley, es decir, en los 60 días siguientes a cumplir los 18 años de edad, serán sancionados al momento de su inscripción con la multa de 10 UT (1.070 bolívares a la tasa actual). Las empresas renuentes pagarán una multa de 50 UT.

    Control Ciudadano:

    La Asociación Civil Control Ciudadano advirtió hoy sobre “el intento de establecer nuevamente en Venezuela, el registro militar obligatorio”.

    “Alertamos al país que esta pretensión se adelanta desde el oficialismo nuevamente en el seno de la Asamblea Nacional, con lo que seria la tercera reforma a la Ley de Registro y Alistamiento Militar en menos de tres años en Venezuela”, expuso mediante una nota de prensa.

    La ONG recordó que el 06 de octubre de 2010 “advirtió al país del intento inconstitucional de obligar a los ciudadanos venezolanos a inscribirse obligatoriamente en el Registro Militar. La reacción del país fue contundente y se congeló tal pretensión obligando los ciudadanos a una reforma legislativa al mes siguiente que eliminó los plazos en ese sentido”.

    Control Ciudadano señala que sobre el particular, son idénticas las críticas que el 6 de octubre de 2010 se hicieron. Explicó que “la Reforma a la Ley de Inscripción y Alistamiento Militar establece el deber para todos los venezolanos y venezolanas, de inscribirse en el servicio militar obligatorio aduciendo la defensa del país y violando en consecuencia el artículo 134 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece para los ciudadanos la posibilidad de elegir, entre prestar el servicio civil o el servicio militar a la Nación”.

    Añade que “el Proyecto de Reforma de Ley de Inscripción y Alistamiento Militar al establecer el carácter obligatorio del registro militar y convertir automáticamente en “elegibles” y “aptos” para ser formados como combatientes individuales en la defensa integral de la Nación a todos los venezolanos a partir de los 18 años de edad, salvo que presenten puntuales impedimentos previstos en la Ley, incurre en el desconocimiento del derecho que tenemos los venezolanos por objeción de conciencia a no ser considerados combatientes”.

    Control Ciudadano hizo un llamado a las universidades, estudiantes, padres, madres, tutores, profesores, maestros, empresarios y trabajadores del país en general “a sumarse al rechazo de esta nueva reforma legal, que viola derechos constitucionales de los venezolanos”.


    Por: MARU MORALES
    @morapin
    mmoralesp@el-nacional.com
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    El Nacional
    CARACAS, sabado 22 de junio, 2013




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